Por: Nancy Gramigna
La Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires resolvió suspender de forma preventiva artículos clave de las ordenanzas municipales que regulaban la aplicación de agroquímicos en los partidos de Tandil y Rauch. La decisión se tomó en el marco de una acción judicial iniciada por vecinos de la cuenca del arroyo Chapaleofú y tendrá vigencia mientras se analiza la constitucionalidad de dichas normas.
En el caso de Tandil, la ordenanza suspendida había sido aprobada en 2021 tras un proceso de debate y consenso inédito entre distintos sectores de la comunidad, y establecía restricciones y distancias para la aplicación de fitosanitarios en zonas cercanas a viviendas, escuelas, cursos de agua y áreas sensibles. Una disposición similar había sido adoptada por el municipio de Rauch.
La Corte consideró que, de manera preliminar, corresponde dejar sin efecto parte de estas regulaciones hasta contar con un análisis más profundo del marco legal aplicable y su compatibilidad con la normativa provincial vigente. En ese sentido, el tribunal también intimó a los intendentes de ambos distritos a que, en un plazo de diez días, presenten los antecedentes administrativos que dieron origen a las ordenanzas cuestionadas.
La medida fue impulsada luego de que el Procurador General de la provincia recomendara la suspensión cautelar, al entender que podían existir riesgos ambientales y sanitarios que debían ser evaluados con mayor detenimiento.
Desde los municipios y distintos sectores vinculados a la producción agropecuaria y al ambientalismo se aguarda ahora la resolución definitiva del máximo tribunal, que deberá definir si las ordenanzas pueden sostenerse o si deben adecuarse a la legislación provincial sobre el uso de agroquímicos.